Flightright analiza los hitos jurídicos de 2018 - Flightright ES

Derechos de los pasajeros aéreos: Flightright analiza los hitos jurídicos de 2018

  • Diversas sentencias judiciales en toda Europa han contribuido al fortalecimiento de los derechos de los pasajeros
  • Entre otras victorias relevantes, Flightright gana su primer caso contra Vueling en Barcelona

Madrid, 23 de enero de 2019 – Flightright, tras su balance anual de comportamiento de aerolíneas y aeropuertos, publica un análisis de los principales hitos jurídicos en materia derechos de los pasajeros aéreos.

Con el Reglamento europeo 261/2004, la legislación europea proporciona una base estable para la protección de los pasajeros aéreos, que va actualizándose con los años. En 2018, importantes sentencias judiciales en toda Europa, incluida España, han ayudado a fortalecer y ampliar los derechos de los pasajeros aéreos

Marzo de 2018 – En vuelos con varias escalas, los pasajeros podrán reclamar una compensación en el país de salida o de llegada

Los pasajeros podrán reclamar una indemnización tanto en el país de origen como en el de destino, siempre que sean miembros de la Unión Europea. Con esta sentencia, el Tribunal de Justicia de la UE ponía fin a las maniobras de las compañías aéreas para eludir el recurso legítimo de los consumidores, al remitirlos a su país de origen como único lugar legal para interponer su demanda. Así habían intentado las compañías aéreas -españolas en particular- disuadir a los consumidores de acudir a los tribunales en el extranjero. Pero este «juego del escondite» fue declarado inadmisible por el TJUE.

Abril de 2018 – Las aerolíneas deberán compensar a los pasajeros en caso de “huelga salvaje”

En el mes de abril, el TJUE sentenció que la huelga salvaje de los empleados de TUIfly, que había provocado retrasos y cancelaciones masivas en otoño de 2016, no era una «circunstancia excepcional“ y, por tanto, estaba sujeta a indemnización. Por tanto, los pasajeros afectados tienen ahora más posibilidades de recibir una compensación, ya que el pago de la compensación en Alemania podrá reclamarse retroactivamente por un máximo de tres años. El fallo también es innovador para la futura jurisprudencia de huelga.

Siguiendo los criterios sentados por esta sentencia, los jueces de lo mercantil de Barcelona, consideran en noviembre que en el caso de que se trate de una huelga propia de la aerolínea, en principio, parece razonable que la misma no sea considerada una circunstancia extraordinaria y se obligue a las aerolíneas a abonar las indemnizaciones correspondientes a los pasajeros.

Mayo de 2018 – La normativa de la UE sobre derechos de los pasajeros también será válida para los vuelos de conexión fuera de la UE

Un hito importante fue también la decisión del más alto tribunal europeo de que los pasajeros tendrán derecho a una compensación por retraso también en los vuelos de conexión fuera de la UE. El Tribunal concluyó que el Reglamento ha de aplicarse a todos los vuelos que forman parte de una misma reserva, incluso si implican una escala regular fuera de la UE. El TJUE sentenciaba así que los vuelos con varias escalas como parte de una misma reserva se considerarán como un único vuelo en virtud de la característica de la reserva contigua. A efectos de indemnización, será irrelevante en qué tramo del vuelo se produjo el problema.

Julio de 2018 – Flightright gana un juicio sobre contratos de arrendamiento con servicios o “wet lease”

Los denominados «contratos de arrendamiento con servicios», en virtud de los cuales las compañías aéreas alquilan aviones y tripulaciones a otra compañía, están muy extendidos en el sector de la aviación. Sin embargo, durante mucho tiempo no quedaba claro qué compañía aérea sería responsable de los daños causados a los pasajeros en caso de retrasos y cancelaciones: ¿La aerolínea que operó el vuelo o la aerolínea que vendió los billetes? Flightright representaba a varios pasajeros en este asunto. El TJCE sentenció en julio que los pasajeros tienen derecho a reclamar a la compañía aérea que vendió los billetes.

Noviembre de 2018 – Adiós al “no show”: las aerolíneas no podrán anular el billete de vuelta, incluso si el pasajero no utilizó el de ida

Muchos pasajeros veían su vuelo de vuelta cancelado al no haber tomado el de ida, con independencia de las razones que lo hubieran motivado. El Tribunal Supremo ha considerado abusivas este tipo de cláusulas de contratación, por lo que ha prohibido su aplicación, puesto que a un consumidor que ha cumplido con su obligación, que es únicamente el pago del precio, se le priva del disfrute de la prestación contratada, que por diversas razones ha decidido o se ha visto impelido a disfrutar solo en parte.

Octubre y noviembre de 2018 – Los jueces de lo mercantil de Barcelona acuerdan que empresas como Flightright pueden asistir a los pasajeros en las reclamaciones judiciales; gracias a eso Flightright gana su primer caso contra Vueling en Barcelona

Desde que en 2015 los jueces de Barcelona acordaran que los derechos de los pasajeros eran personales e intransferibles, los pasajeros afectados por los retrasos y cancelaciones de Vueling no podían beneficiarse de la asistencia de Flightright. En octubre, el Juzgado n° 2 de Barcelona reconocía la legitimación Flightright en la defensa de sus derechos.

Apenas un mes después del éxito de la primera sentencia favorable en Barcelona, los jueces de lo mercantil de esta ciudad reconocían la legitimación activa de Flightright en la defensa de los derechos de los pasajeros. De este modo, la amplia mayoría de los jueces en España se alinean con la postura del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que reconoce la labor de Flightright desde hace años.

Scroll al inicio