Tus derechos como pasajero aéreo | Reglamento 261 2004 - Flightright ES

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El Reglamento Europeo nº 261/2004 sobre los derechos de los pasajeros de avión

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los derechos de los pasajeros de avión
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El Reglamento Europeo nº 261/2004 sobre los derechos de los pasajeros de avión

Desde el año 2004 los pasajeros de avión gozan de una protección adicional gracias al Reglamento Europeo Nº 261/2004. En dicho reglamento, se estableció finalmente que la denegación de embarque, la cancelación o un retraso considerable de los vuelos constituyen situaciones molestas para los pasajeros y pueden causarles grandes inconvenientes que necesitan ser indemnizados.


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¿A quiénes se aplica el Reglamento?

  • A todos los pasajeros de avión que disponen de una reserva confirmada
  • En vuelos que despegan de un aeropuerto europeo o que aterrizan en un aeropuerto europeo, siempre y cuando en este último caso la línea aérea tenga su base en la Unión Europea

En tal sentido es irrelevante si los pasajeros:

  • Se encuentran en un viaje combinado
  • Viajan con una compañía de bajo coste
  • Viajan por trabajo
  • Son niños (con billete pagado)
  • Vuelan con billetes gratuitos o reducidos gracias a un programa de fidelización de clientes o puntos.

El reglamento no se aplica a:

  • Pasajeros que viajan con una tarifa gratuita o reducida que no está disponible directa o indirectamente para el público en general
  • Pasajeros que no han llegado a tiempo al mostrador para realizar la facturación. Salvo excepciones, los pasajeros deben presentarse en el mostrador de facturación al menos 45 minutos antes de la hora de salida (excepto en caso de cancelación)
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¿Por qué existe el Reglamento europeo sobre los derechos de los pasajeros de avión

Debido a que la cantidad de pasajeros que no pueden viajar en contra de su voluntad era (y es) muy alta, así como las cancelaciones inesperadas y los retrasos considerables, se aprobó en 2004 el Reglamento Europeo nº 261/2004. Este reglamento se llama oficialmente «Reglamento (CE) nº 261/2004 del Parlamento Europeo» y establece normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque, cancelación o gran retraso de vuelos. Gracias a la aprobación de este reglamente, se han impuesto a las líneas aéreas algunas obligaciones para proteger a los usuarios y se ha creado un sistema de prestaciones compensatorias para los pasajeros aéreos.

En el Reglamento Europeo se recoge:

  • Los derechos que te corresponden en caso de denegación de embarque contra tu voluntad, cancelación o retraso de vuelo
  • Cuándo te corresponde recibir una indemnización de entre 250 € y 600 €
  • Qué tipo de asistencia o transporte deben prestar las aerolíneas
  • Cuándo puedes anular o cambiar la reserva de vuelo en caso de cancelaciones o retrasos considerables
  • Cómo debes ser informado acerca de las cancelaciones y de tus derechos

Tienes derechos, hazlos valer

¿Cuándo se puede obtener indemnización según la Regulación Europea Nº 261/2004?

Según la resolución, tu vuelo debe despegar o aterrizar en la Unión Europea, siendo en el último caso necesario que la línea aérea tenga su sede en algún país miembro. Tus reclamaciones son válidas hasta 5 años en retrospectiva. No importa si volaste de vacaciones o por trabajo, la persona que sufrió el inconveniente es la que recibe la compensación.

Tienes derecho a una indemnización en los siguientes casos:

  • Retrasos: el vuelo llega a su destino con 3 o más de 3 horas de retraso
  • Cancelaciones: si has sido informado de la cancelación con menos de 14 días antes de la salida del vuelo
  • Overbooking: debido a una sobreventa de billete no encontraste un asiento a bordo, lo que equivale a denegar el embarque
  • Pérdida del vuelo de conexión: si llegas al destino final con 3 o más de 3 horas de retraso debido a la pérdida de un vuelo conexión

La cuantía de la compensación depende de la distancia del vuelo, no del precio del billete:

  • Retrasos de vuelos de corta distancia (hasta 1500 km): Los pasajeros pueden recibir una compensación de 250 €
  • Cancelaciones: si has sido informado de la cancelación con menos de 14 días antes de la salida del vuelo
  • Retrasos en el vuelo de media distancia (entre 1500 km y 3500 km): se debe pagar a los pasajeros una indemnización de 400 €
  • Retrasos de larga distancia en los vuelos (más de 3500 km): los pasajeros deben recibir una compensación de 600 €

Sin indemnización a pesar de retraso, cancelación u overbooking

Recorridos cortos de hasta 1500 kmRecorridos medios de hasta 3500 kmRecorridos largos a partir de 3500 km
p. ej. Madrid – Barcelonap. ej. Madrid – Londresp. ej. Barcelona – Tokio
250€400€600€

Las aerolíneas deben informar a los pasajeros sobre sus derechos

Cualquier compañía aérea debe informar a sus clientes de manera clara y completa acerca de sus derechos como pasajeros de avión. Deben informar mediante advertencias en el momento de la facturación, avisos por escrito en caso de retraso e información actualizada en su propia página web.

El Tribunal Regional de Berlín decidió (sentencia del 8 de octubre de 2015, exp.: 52 O 102/15; sentencia no firme) que la línea aérea Germania debía dejar de informar de manera incorrecta a sus clientes acerca de sus derechos en caso de retrasos y sobreventa de billetes. Una hoja informativa publicada en su página web sobre el pago de compensaciones y la prestación de asistencia en caso de sobreventa de billetes, cancelación y retrasos describía los derechos de los pasajeros de manera ambigua y parcialmente falsa. No contenía la indicación del pago de indemnizaciones de 250 a 600 euros y tampoco se mencionaba la posibilidad del reembolso del precio del billete ni del vuelo gratuito de regreso al punto de partida en caso de cancelación final del vuelo.

Importante
Aunque la compañía aérea te proporcione vales de comida o descuentos en ciertos servicios no exime de su obligación al pago de una indemnización.

¿Cómo obtengo mi indemnización?

Primero debes determinar si tu vuelo es elegible para una indemnización. Se tiene que comparar el propio vuelo con otros similares y verificar la aplicabilidad del Reglamento 261/2004 sobre los derechos de los pasajeros aéreos. Sin el acceso a las bases de datos de vuelos y sin la experiencia legal adecuada puede ser un trabajo complicado. Sin embargo, gracias a nuestros servicios puedes determinar en tan solo unos minutos si tu caso es elegible para ser compensado. Simplemente introduce los datos del vuelo en nuestra calculadora online y recibirás inmediatamente una valoración gratuita. Más de 3,2 millones de personas ya han confiado en nuestro servicio.

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Si nuestra calculadora indica que tienes derecho a indemnización, entonces tienes la posibilidad de ofrecernos tu caso. De esta forma nosotros llevaremos la comunicación con la aerolínea o transportista aéreo y lucharemos tu caso y tu indemnización hasta el final. Si no ganas, nosotros tampoco, ya que solo cobramos una comisión una vez el caso se ha resuelto de forma satisfactoria. Con más de 8 años de experiencia, sabemos defender los derechos de los pasajeros mejor que nadie y si hay que llevar a la aerolínea hasta los tribunales, lo hacemos. En procesos judiciales nuestro porcentaje de éxito es del 99%.

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¿Qué prestaciones adicionales me corresponden por esperar en el aeropuerto?

Adicionalmente al posible pago de indemnizaciones, los pasajeros pueden esperar de la compañía aérea la prestación de asistencia básica en el aeropuerto en caso de vuelo cancelado o con retraso.

El Reglamento determina el tipo de asistencia de la siguiente manera:

  • Para un retraso de más de 2 horas en un vuelo de hasta 1500 km, se deben servir aperitivos y bebidas a los pasajeros. También tienen derecho a 2 llamadas telefónicas o al envío gratuito de 2 correos electrónicos.
  • Para vuelos de medio recorrido con distancias entre 1500 y 3500 km, esta regla se aplica a partir de un retraso de 3 horas.
  • Para vuelos de larga distancia de más de 3500 km, tienes derecho a estos servicios básicos a partir de las 4 horas de retraso.
  • A partir de las 5 horas de espera es posible cancelar el viaje y recibir el reembolso del precio del vuelo.
  • En vuelos aplazados hasta el día siguiente, la aerolínea debe hacerse cargo de la noche de hotel y el traslado de ida y vuelta al aeropuerto.

¿Qué son las circunstancias extraordinarias?

En el Reglamento Europeo nº 261/2004 se estipula que si la aerolínea no es responsable del retraso o cancelación del vuelo, no está obligada a compensar a sus pasajeros. Las “circunstancias extraordinarias” eximen, por tanto, a las compañías del pago compensatorio. Aquí tienes algunos ejemplos:

  • Restricción del espacio aéreo
  • Cierre del aeropuerto
  • Inestabilidad política
  • Riesgos de seguridad inevitable
  • Huelgas del personal del aeropuerto
  • Colisión de pájaros con el motor del avión
  • Condiciones climáticas adversas

Pero, ¿qué son exactamente las circunstancias extraordinarias? Las circunstancias extraordinarias hacen referencia a situaciones que impiden a las compañías aéreas cumplir con el plan de vuelo previsto originalmente «aunque el transportista aéreo afectado hubiera tomado todas las medidas razonables para evitar el retraso o la cancelación», tal como lo dice el reglamento. La aplicación jurídica del reglamento es problemática debido, entre otras cosas, a que tal definición deja un margen muy amplio para interpretaciones. Flightright lleva encargándose con éxito desde el año 2000 de los derechos de los pasajeros y ya hemos conseguido más de 430 millones para nuestros clientes. Existen casos en las que la aerolínea utiliza la excusa de “circunstancias extraordinarias” cuando por ejemplo se produce un retraso por falta de líquido anticongelante. En esta situación el pasajero tiene todo el derecho a reclamar una indemnización, pero suele ser muy difícil demostrarlo. Nosotros luchamos por tus derechos e iremos hasta el final por conseguir tu dinero.

Si la aerolínea declara que el incidente fue causado por una circunstancia extraordinaria, esto no significa que la aerolínea esté automáticamente exenta de abonar una indemnización. De acuerdo con la sentencia del TJUE del 11 de junio de 2020 (Caso C-74/19), las aerolíneas deberán demostrar que tomaron todas las medidas posibles para reubicar a los pasajeros afectados lo antes posible. La aerolínea debe probar que no fue posible reubicar a pasajeros individuales en una conexión anterior o más rápida. De este modo, las aerolíneas tendrán la obligación de demostrar que consideraron la posibilidad de reubicar a pasajeros no solo en sus propios vuelos, sino en vuelos de otras aerolíneas. Esto incluye vuelos tanto directos como de conexión. Si un medio de transporte alternativo, como pudiera ser un autobús, tren o taxi pudiese llevar al pasajero a su destino final de manera más rápida, también ha de tenerse en cuenta.

¿Cómo aseguro mi indemnización en un vuelo futuro?

¿Has planificado un viaje y quieres asegurarte de no perder ninguna indemnización? No hay problema. Introduce los detalles de tu vuelo por adelantado en nuestra calculadora gratuita y te informaremos de cualquier situación tan pronto tengamos la información en nuestra base de datos.

Tienes derechos, hazlos valer

Listado: Tus derechos como pasajero aéreo

  • Es posible que tengas derecho a una compensación de entre 250 a 600 euros por retraso de al menos 3 horas, cancelación, overbooking o pérdida de vuelo de conexión.
  • A partir de las 2 horas de espera en el aeropuerto, también tienes derecho a refrescos y aperitivos.
  • Después de 2 horas de espera en el aeropuerto, también tienes derecho a refrescos y comida.

Resquisitos:

  • Has facturado a tiempo (generalmente, no menos de 45 minutos antes de la salida).
  • Presentaste la reclamación dentro de los 5 años siguientes a la incidencia.
  • La aerolínea es responsable del retraso (por ejemplo, problema técnico o tripulación enferma).
  • El vuelo despegó en la UE (cualquier aerolínea) o aterrizó en la UE (siempre que la aerolínea tenga su sede en la UE).
  • Puedes reclamar una compensación incluso si has viajado con un paquete turístico o en un viaje de negocios.

Vuelos con retraso recientes

¿Has sufrido actualmente el retraso de algún vuelo y no fue causado por huelgas o las malas condiciones climáticas? Busca tu vuelo retrasado en la siguiente tabla y verifica en cuestión de segundos tu derecho a recibir indemnización según lo establece el Reglamento Europeo nº 261/2004.

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Tienes derechos, hazlos valer

Según el Reglamento Europeo sobre los derechos de los pasajeros, en caso de cancelación, retraso, overbooking o pérdida de vuelos de conexión, los pasajeros tienen derecho a una indemnización.

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